Grupo Andino Marín Valencia

Industria agrícola S.A

La habilitación de este blog tiene como propósito informar a todos los grupos de interés sobre el estado actual del proceso de reorganización empresarial de Grupo Andino Marín Valencia Industria agrícola S.A cumpliendo con lo establecido por el No. 400-003863 con radicado 2022-01-136355 de fecha 14 de marzo del año 2.022, expediente No. 49972. De la superintendencia de sociedades; dando publicidad a los estados financieros e información relevante para evaluar la situación de la sociedad y llegar a cabo la negociación.


5 de octubre de 2022 se da traslado al Proyecto de Calificación y graduación de créditos y derechos de votos, se vence el día 12 de octubre de 2022.

Preguntas frecuentes

Un promotor es una persona natural que participa en la negociación, análisis, diagnóstico y elaboración de los acuerdos de reorganización, así como en la emisión o difusión de información financiera, administrativa, contable o de orden legal de entidades en proceso de reorganización. (Artículo 2.2.2.11.1.2 del Decreto 2130 de 2015)

El proceso de reorganización pretende a través de un acuerdo, preservar empresas viables y normalizar sus relaciones comerciales y crediticias, mediante su reestructuración operacional, administrativa, de activos o pasivos. Articulo 1 ley 1116 de 2006

Todos los que se hayan adquirido antes de que la sociedad se admita al proceso de reorganización. Los que se causen después de la admisión, deberán ser atendidos como gastos de administración.

De dos formas en atención al artículo 17 la ley 1116 de 2006

  1. Las acreencias u obligaciones causadas con anterioridad al auto de admisión al proceso de reorganización estarán sujetas al pasivo reorganizarle.
  2. El pasivo reorganizable que se causen con posterioridad al mismo se deberán pagar de forma corriente a partir de auto de admisión.

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